Por mayoría de votos, la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del Estado, aprobó reformas al artículo 190 Bis del Código Penal del Estado de Puebla, con la finalidad de aumentar las penas a los propietarios o poseedores de unidades del transporte público y de depósito de vehículos que operen sin concesión o permiso.
Las reformas al Código Penal establecen que se impondrá de ocho meses a seis años de prisión y multa de cien a quinientas veces la Unidad de Medida y Actualización a quienes:
Presten el servicio público de transporte, servicio mercantil, servicio auxiliar de arrastre, arrastre y salvamento, a sabiendas de que no cuente con la concesión o permiso otorgado por la autoridad competente.
A quien presente el servicio público de depósito de vehículos, a sabiendas de que no cuente con la concesión o permiso otorgado por la autoridad competente.