En México, el 99% de denuncias por acoso sexual en el trabajo quedan impunes.
La mayoría de las denuncias por acoso sexual en el trabajo no tienen seguimiento que permita sancionar al agresor, esto lo señala la CNDH.
Al menos de enero de 2016 a septiembre de 2018, se registraron 399 casos de hostigamiento sexual y abuso sexual en instituciones de la Administración Pública Federal (APF) contra 402 víctimas, de los cuales solo en 1 % se impuso una sanción que impactó laboralmente al agresor, lo que evidencian las relaciones desiguales de poder y el estado de indefensión de las víctimas, advirtió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Luego de subrayar que estos casos con frecuencia quedan impunes por falta de mecanismos eficaces de defensa para las víctimas, el organismo indicó que en el periodo señalado, el 61.19 por ciento de las personas agredidas se concentró en tres instituciones: la Secretaría de Educación Pública (99), Secretaría de la Defensa Nacional (87) e Instituto Mexicano del Seguro Social (60).
De acuerdo con la información proporcionada por 25 instituciones de la APF, del total de víctimas, el 94.53 por ciento fueron mujeres, 3.23 por ciento hombres y en 2.24 por ciento no se reportó el sexo de las personas afectadas.
Entre las principales conductas denunciadas destacan: emitir expresiones o utilizar lenguaje que denigre a las personas o pretenda colocarlas como si fueran un objeto sexual; por otro lado, también destacan las insinuaciones, invitaciones, favores o propuestas a citas o encuentros de carácter sexual, y realizar señales sexualmente sugerentes.
Asimismo, tener contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual; tomar represalias de cualquier índole por rechazar proposiciones de caracter sexual; rumores, expresiones o insultos sexuales, así como conductas contrarias al código de ética.
Dicha información forma parte del Diagnóstico de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual en la Administración Pública Federal 2015-2018, elaborado por la CNDH con información del Instituto Nacional de las Mujeres y la Secretaría de la Función Pública, además con información remitida directamente por las instituciones de la APF.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos señaló que hasta antes de la publicación del Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción del Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual, en 2014 se detectaron 58 casos en dependencias de la APF, de los cuales la mayor cantidad se generó en la entonces Procuraduría General de la República (PGR, 62.06 por ciento) y en la Secretaría de Desarrollo Social (antes Sedesol, ahora Secretaría de Bienestar, con 12.07 por ciento), mientras que para 2015 fueron 114 casos (43.86 por ciento en la PGR y 30.70 por ciento en la Sedesol).
Al presentar el documento, Maribel Becerril Velázquez, Directora de Observancia de la Política Nacional en materia de Igualdad del Programa de Asuntos de la Mujer y de Igualdad entre Mujeres y Hombres (PAMIMH) de la Cuarta Visitaduría General de la CNDH, precisó que el hostigamiento sexual se encuentra previsto en casi todas las entidades federativas y en la Federación, a excepción de la Ciudad de México, que no prevé esta acción en el Código Penal; mientras que Baja California, Puebla, Sonora y Tamaulipas, así como en el Código Penal Federal, lo sancionan únicamente si se causa un daño o perjuicio a la víctima.
Explicó también que el documento señala, en cuanto a la edad de las víctimas, que diversas instituciones no proporcionaron esa información y en los casos en que sí se refirió se identificó como víctima a una persona de 12 años de edad y la máxima edad señalada fue de 57 años.
Por último, señaló que en 4.98 por ciento de los casos se reubicó físicamente a la víctima de lugar de trabajo, y de este porcentaje, en 2.74 por ciento la reubicación fue definitiva, mientras que en 13.43 por ciento de los casos se reubicó al agresor.
Con información de Vanguardia.