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Presentan en el Congreso de Puebla iniciativa contra los feminicidios

A pesar de las reformas al Código Penal para endurecer las penas contra el feminicidio, el índice de muerte de mujeres asesinadas sigue siendo alto en Puebla, ya que en el año suman más de 40.

Por eso en el Congreso se presentó el proyecto de Ley para prevenir, Investigar, sancionar y reparar el feminicidio en el Estado de Puebla, a fin de erradicar la muerte violenta de mujeres y niñas.

El documento presentado por el diputado Andrés Villegas, propone ampliar a 21 las causas donde se tipifica el delito, además se le retira la patria potestad, sean hijos o no de la víctima.

El documento presentado ante el pleno, señala que se establecen los principios rectores que deben observarse en la prevención, investigación, persecución, sanción y reparación de los delitos.

Se prevé que a la persona que sea sujeta a proceso penal por alguno de los delitos establecidos en la Ley, le sea suspendido el ejercicio de la patria potestas, independientemente de que se trate o no de los hijos de la víctima, hasta la resolución definitiva del proceso penal, sin perjuicio del cumplimiento de sus obligaciones alimentarias, además de perder derechos sucesorios con relación a la víctima.

La reforma establece que la pena por el delito, se incrementa en una mitad, si las víctimas son adultos mayores, o menores de edad; que se trate de un funcionario público; que lo cometa en presencia de los ascendientes o descendientes, parientes por consanguinidad, cónyuge o concubino, o concubina de la víctima; cuando sea cometido por dos o más personas.

En la reforma se tipifica el como delito “suicidio feminicida por inducción, o ayuda”; esto aplica a quien induzca u obligue a una mujer al suicidio, o le preste ayuda a cometerlo.

Además se sanciona la “omisión de impedir el delito de feminicidio”, esto para quien pudiendo hacerlo con su intervención inmediata y sin riesgo propio o ajeno, no impidiere la comisión de uno de los delitos señalados.

Precisa además investigar toda privación de la vida de una mujer como probable feminicidio, cualquiera que sea su edad, incluidas aquellas que de manera inicial parecieran no haber sido causadas por motivos criminales, como suicidio y accidentes.

Se establecen lineamientos para realizar la investigación con la debida diligencia; promoviendo de oficio, en forma oportuna exhaustiva, en un plazo razonable, sin dilaciones, y garantizando su efectividad, de acuerdo con los estándares de los derechos humanos.

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