El 21 de diciembre de 2010 la Asamblea General de Naciones Unidas, en virtud de la resolución A/RES/65/209 declaró el 30 de agosto el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, que comenzó a conmemorarse en 2011.
De igual forma exhorta a los Estados Miembros, del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales y regionales, así como a la sociedad civil, a que observen y reflexionen sobre este día.
De acuerdo con la Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, se producen desapariciones forzadas siempre que:
«se arreste, detenga o traslade contra su voluntad a las personas, o que estas resulten privadas de su libertad de alguna otra forma por agentes gubernamentales de cualquier sector o nivel, por grupos organizados o por particulares que actúan en nombre del Gobierno o con su apoyo directo o indirecto, su autorización o su asentimiento, y que luego se niegan a revelar la suerte o el paradero de esas personas o a reconocer que están privadas de la libertad, sustrayéndolas así a la protección de la ley».
Respecto a quienes encontramos como víctimas de estos terribles actos son claramente en primer lugar las propias víctimas, siendo estas torturadas y siempre temerosas de perder la vida, en segundo termino se encuentran la familia y los amigos de las personas desaparecidas, ya que estas sufren una angustia mental lenta, ignorando si la víctima vive aún y, de ser así, dónde se encuentra recluida, en qué condiciones y cuál es su estado de salud.
Algunos de los derechos humanos que las desapariciones forzadas violan con regularidad son:
- El derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica;
- El derecho a la libertad y seguridad de la persona;
- El derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes;
- El derecho a la vida, en caso de muerte de la persona desaparecida;
- El derecho a una identidad;
- El derecho a un juicio imparcial y a las debidas garantías judiciales;
- El derecho a un recurso efectivo, con reparación e indemnización;
- El derecho a conocer la verdad sobre las circunstancias de la desaparición
- En cuanto a instrumentos en los que México es parte en la materia, podemos mencionar la Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas (ratificada en 2002 por el Estado mexicano) y la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas (ratificada en 2008 por el Estado mexicano).
Por otro lado encontramos que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) el 19 de septiembre de 1990, creó el Programa Especial de Presuntos Desaparecidos (PREDES), actualmente denominado Programa Especial de Personas Desaparecidas, el cual tiene por objetivo conocer e investigar quejas relativas a personas de las que se desconoce su paradero y cuya desaparición involucra presuntamente la participación de alguna autoridad o persona servidora pública federal, a fin de lograr ubicarlas y determinar la existencia o no de violaciones a derechos humanos.
Desaparición forzada en México
De 1964 al 2022, tan sólo en México existía un registro de 100.000 personas desaparecidas en nuestro país.
Los números también muestran que más del 97% de las desapariciones cuya fecha se conoce sucedieron a partir de diciembre de 2006, cuando el presidente Felipe Calderón asumió el poder y el país instauró un modelo militarizado de seguridad pública.
De 1965 a 1990, durante la llamada “guerra sucia”, las desapariciones respondían a motivaciones políticas principalmente. En cambio, después de 2006 se llevaron a cabo en el contexto de la “guerra contra el narcotráfico y el crimen organizado”, declarada por Calderón.
Durante el primer trimestre del año, según datos del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas (RNPDNO), en todo el país han desaparecido 2,095 personas en todo el país; esta cifra significa un aumento del 20.54%, en comparación con el mismo periodo del 2022, en el que ocurrieron 1,738 desapariciones.
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2023, según la versión pública de la herramienta de la Comisión Nacional de Búsqueda, en toda la República mexicana han desaparecido 1,329 personas del sexo masculino (63.44% del total) y 766 personas del sexo femenino (36.56%).
Por su parte, la entidad con más desapariciones, durante los primeros tres meses de este año, fue el Estado de México con 787, 406 hombres y 381 mujeres, lo que significa que en dicha entidad se han presentado un 37.56% del total de los registros públicos de este año del RNPDNO.
Luego, se encuentran Michoacán con 256 desapariciones (12.21% del total) y la Ciudad de México con 229 (10.93%).
Mientras que, el mes con más desapariciones fue marzo, en el que hubo un total de 785 (37.47%) de estos crímenes, en comparación con las 694 de febrero (33.12%) y las 616 (29.41%) desapariciones presentadas en enero.
Protocolos para víctimas de desaparición en México
Son dos los protocolos más utilizados en el país, aunque cada estado de la república mexicana debe contar con su propio protocolo.
Cuando una persona desaparece, las primeras horas de búsqueda son cruciales para encontrarla con vida y proteger su integridad física y psicológica.
Por ello, en Única te platicamos sobre el Protocolo Alba y la Alerta Amber.
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