Así que si eres una persona física, en la Declaración Anual de impuestos, tienes derecho de presentar deducciones personales que el SAT estipula para bajar tu costo fiscal.
Actualmente en México las responsabilidades fiscales se aplican para todos aquellos que tienen una actividad comercial o que movilizan recursos.
Por lo que si eres personas físicas en tu Declaración Anual, se tiene el derecho de presentar algunas deducciones personales que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) esto para disminuir el costo fiscal.
Las deducciones personales.
Así que las deducciones personales son los gastos que un contribuyente tiene derecho a fin de disminuir de sus ingresos acumulables en la Declaración Anual del ejercicio.
Y estas son:
Salud.
- Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición. Estos son deducibles si son presentados por personas con título profesional, legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.
- Los gastos hospitalarios y medicinas incluidas en factura de hospitales. No sirven los comprobantes de farmacias.
- Ademas los honorarios a enfermeras.
- Análisis, estudios clínicos.
- La compara o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
- Las prótesis.
- También la compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.
- Las primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.
Así que los gastos por salud entraran como deducibles cuando se hayan facturado para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos.
Educación.
- Las colegiaturas en las instituciones educativas privadas que cuenten con validez oficial de estudios. Entran desde el nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, por estos montos (límite anual de deducción):
- Preescolar: 14,200 pesos.
- Primaria: 12,900 pesos
- Secundaria: 19,900 pesos
- Profesional técnico: 17,100 pesos.
- Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.
Si quieres hacer efectivo este beneficio, necesitas de un comprobantes del pago correspondiente.
Por que cuando realices el pago en el mismo ejercicio fiscal, por una misma persona, por servicios de enseñanza correspondientes a dos niveles educativos, el límite anual de deducción que puedes disminuir es que es el que corresponde al monto mayor de los dos niveles, independientemente de que se trate del nivel que concluyó o el que inició.
Y las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no entran como deducibles.
- Transporte escolar, sólo si es obligatorio.
Otros gastos.
- Los gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, también para tus padres, abuelos, hijos y nietos, los podrás realizar con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.
- También los intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFOVAVIT o FOVISSSTE, entre otras y siempre que el crédito otorgado no exceda de setecientos cincuenta mil unidades de inversión.
- Los donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos. Estos no serán onerosos ni remunerativos, que no se otorguen como pago o a cambio de servicios recibidos. Dicho monto no debe exceder el 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del año anterior, antes de aplicar las deducciones personales que corresponden a dicho año.
- Las aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro, el Afore.
- El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa que no exceda el 5 por ciento.
Y claro el pago de estos gastos requieren ser realizados con cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios. La deducción no procede si el pago fue realizado en efectivo.
Podrías obtener un saldo a favor, si presentas tus deducciones en tu Declaración Anual.
También el monto total de las deducciones personales, a excepción de los gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro y los estímulos fiscales.
Recuerda no pueden exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.
Finalmente si requieres mayor información puedes consultar las disposiciones fiscales aplicables al régimen que corresponda, donde podrás checar específicamente los ordenamientos jurídicos de tu actividad.
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