A pesar de las festividades patrias, el Tribunal Electoral del Estado, sesionó para el desahogó de expedientes del 2019 y del año en curso, pero de última hora suspendieron la apelación interpuesta por el diputado sin partido, Héctor Alonso Granados, que no está de acuerdo con las medidas cautelares que el aplicó el Instituto Electoral por supuesta violencia de género en contra de la diputada, Nora Merino Escamilla.
Así los expedientes identificados como TEEP-A-116/2019, TEEP-A-119/2020 y el asunto especial identificado con la clave TEEP-AE-002/2020 fueron retirados por tratarse de asuntos a analizar a fondo
Otros asuntos que se resolvieron fue declarar fundado el agravio esgrimido por Fortunato Cortes Soriano, el Tribunal Local considero procedente dictar una acción declarativa de certeza, para consultar a los integrantes de la Junta Auxiliar de Santa María la Alta, de Tlacotepec de Benito Juárez, sobre el derecho de administración directa de los recursos económicos que le corresponden.
Ordena al Instituto Electoral del Estado de Puebla, realizar una consulta previa e informada a los integrantes de la comunidad de Santa María la Alta a través de sus autoridades tradicionales.
El otro asunto fue darle razón a Rubén Darío Chacón Aguayo, en su carácter de aspirante a candidato por el municipio de Libres, Puebla a propuesta al Consejo Estatal del Partido Acción Nacional, en contra de la resolución CJ/JIN/140/2019, dictada por la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del mismo instituto político, del 17 de marzo del presente año, que desechó su medio de impugnación por falta de interés jurídico.
Pero del análisis que hizo el TEE de la resolución impugnada, se desprende que contrario a lo sostenido por la autoridad responsable, la parte actora sí cuenta con interés jurídico para impugnar una determinación relacionada con la selección de los candidatos del partido; en consecuencia, el Pleno del Tribunal resolvió : declara fundado el agravio relativo a la ilegalidad del desechamiento del juicio de inconformidad por falta de interés jurídico y se revoca la resolución CJ/JIN/140/2019, dictada por la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN