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Proponen que delitos sexuales no prescriban

Al Congreso del Estado se enviará una iniciativa para eliminar la prescripción de los delitos sexuales como estupro, abuso sexual, acoso, corrupción de menores, pornografía infantil, mismos que podrán ser denunciados aún cuando pasen 20 años de que se hayan cometido.

Por datos oficiales solo el 1 por ciento de los abusos que se cometen son denunciados , la mayoría de los delitos son cometidos por personas cercanas a la víctima, ya sea el padre, padrastro, hermano, tío, primo, amigo de la familia., que obliga a veces a callar. Por esa razón, la diputada por Morena Cristina Tello dijo presentará una iniciativa que sea “es un grito de justicia” a favor de las víctimas, para que los delitos sexuales no queden impunes”.

En rueda de prensa la diputada Cristina Tello Rosas, presidenta de la Comisión de Salud, y Francisco Javier Hernández Salcedo presentaran a la pòxima sesión una reforma a los artículos 128 bis, y 278 octies del Código Penal para eliminar la prescripción de esos delitos,

Actualmente solo el delito de violación es el que no tiene prescripción, sin embargo los otros señalados tienen una prescripción de cinco años al no ser considerados como graves.

Con la reforma al artículo 128 se indica que la prescripción para cualquiera de sus efectos será improcedente para los delitos de corrupción de menores e incapaces, o personas que no puedan resistir, pornografía de menore, abuso sexual, estupro, hostigamiento y acoso sexual, violación, feminicidio y homicidio doloso.

En el 278 octies, advierte que cualquier persona que tenga conocimiento de la comisión de cualquiera de los delitos sexuales, así como de delito de corrupción a menores, pornografía infantil, abuso sexual, entre otros, será castigada de dos a siete años de prisión.

Señalaron que hay madres de familia o hermanos mayores que conocen los abusos que se cometieron a sus hijos , guardaron silencio, por lo que podrían ser sancionados.

En la legislatura anterior , Cristina Tello refirió que se llevó a cabo una reforma el Código Penal de Puebla en la que se adicionó el artículo 128 Bis que elimina la prescripción de los delitos de violación, feminicidio y homicidio doloso., pero dejo desprotegidas a las víctimas a denunciar, estableciendo rangos de tiempo máximo para ejercer un derecho que debe ser salvaguardado por las leyes, mismas que deben velar por el interés superior de las víctimas y no d ellos criminales.

En ese sentido, la legisladora también propuso delimitar la responsabilidad penal para aquellos que, teniendo conocimiento de la comisión de cualquiera de los delitos sexuales, así como de delito de corrupción y pornografía a menores, no acudan a la autoridad competente para denunciar el hecho y evitar la continuación de la conducta.

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