jueves, marzo 28, 2024
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Propone PAN aumentar las penas a responsables de linchamientos

Ante el lamentable linchamiento ocurrido en el municipio de Huauchinango que provocó la muerte de Daniel Picazo, el coordinador de la fracción legislativa del PAN en el Congreso dl Estado, Eduardo Alcántara Montiel propuso una reforma al Código Penal del Estado de Puebla en materia de homicidio tumultuario.


Propone reformar el Código Penal del Estado de Puebla, a fin de castigar con una pena de cinco a diez años de prisión al funcionario que sea omiso en los casos de linchamiento.


Durante la sesión ordinaria el legislador aclaró que el linchamiento carece de definición penal, pese a que socialmente lo entendemos como el acto por el cual habitantes de una población, con el propósito de obtener justicia por propia mano, agreden, lesionan, y asesinan instantánea y de forma tumultuaria a una o más personas, generalmente señaladas de haber cometido algún delito en contra de la comunidad.

Debido a que, en el protocolo para prevenir linchamientos con una respuesta inmediata y coordinada entre los diferentes órdenes de gobierno, es especifica que el “Primer Respondiente con la Autoridad Municipal, con la coadyuvancia de la Autoridad Estatal, en el ámbito de sus respectivas competencias”, se propone que en los delitos de resultado material será atribuible el resultado típico producido a quien omita impedirlo, si éste tenía el deber jurídico de evitarlo:

“Al que tenga mando en responsabilidades de seguridad pública estatal o municipal y omita por negligencia o ignorancia el Protocolo de Actuación para Casos de Intentos de Linchamientos en el Estado de Puebla, prestar auxilio para salvaguardar la vida de una o más personas en un hecho con apariencia de delito”.

En el supuesto de agresiones tumultuarias: aumentar sanción a los autores si no constare quién o quiénes infirieron las lesiones y se impondrá a todos los involucrados, la propuesta es incrementarla de seis a ocho años de prisión. En la legislación actual se consideran seis años.

Otra pena que Alcántara Montiel sugiere es que si la víctima recibiere una o varias lesiones mortales y no constare quién o quiénes fueron los responsables, aumentar la sanción estipulada actualmente de cuatro a nueve años a ocho y doce años de prisión.

Cuando las lesiones sólo fueren mortales por su número y no se pueda determinar quiénes las infirieron, propone el legislador que se impongan de ocho a doce años de prisión a todos los que hubieren atacado al occiso con armas a propósito para causarle esas lesiones. Actualmente la pena es de tres a ocho años de prisión.

También propone que cuando conste la omisión de la autoridad más próxima al lugar del delito, se le impondrá al responsable de la corporación o dirección con mando en las tareas de seguridad de cinco a diez años de prisión.

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