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Otorgan a Auditoria Superior facultades para nombrar a auditores externos

Los auditores externos que requiere la Auditoría Superior, que se necesitan para la revisión de las cuentas públicas de los sujetos obligados que son ayuntamientos y organismos descentralizados, serán seleccionados por esta institución y no la Secretaría de la Función Pública.

El Ejecutivo, envío al Poder Legislativo una iniciativa para regular la función y contratación de los auditores, a través de la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado, con la justificación de prevenir y combatir la corrupción, el documento que ingreso la tarde del miércoles ya es analizado en las comisiones ordinarias para su aprobación.

El documento precisa que los auditores externos tendrán que ser contratados por la Auditoría Superior del Estado (ASE), pues esto se especifica en la reforma al articulo 33 fracción XVII inciso c, a través del que se agrega que “igual obligación deberán cumplir los profesionistas independientes, auditores externos, personas físicas o jurídicas; instituciones públicas o privadas que contrate la Auditoría Superior, con excepción de los requerimientos hechos por autoridades competentes”, se cita.

En este orden se derogan las fracciones X y XII del artículo 54, quienes en la actual la ley tienen responsabilidades delegadas por las entidades fiscalizadas; con esto, el gobernador, Miguel Barbosa Huerta, justifica que se debe eliminar la corrupción y ahora la contratación de los auditores externos correrá a cargo de la ASE, cuyo titular es Francisco Romero Serrano.

Los auditores externos colaboran con la revisión de las cuentas públicas de los ayuntamientos y de otras dependencias, pero la condición es que los despachos auditores deben estar certificados por la Auditoría , ya que durante el ejercicio a cargo de Francisco Romero, a encontrado anomalías en los despachos y algunos casos que tampoco existen lo que hace dudosas las revisiones contables.

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