Los presidentes municipales de Teziutlán, Carlos Peredo Grau, y de Coxcatlán, Camerino Montalvo Montiel, enviaron al Congreso del Estado una solicitud para poder gestionar créditos para atender compromisos fiscales y atender adeudos pasados que requieren ser atendidos, pero que sus finanzas no les permite hacer frente.
Los integrantes los diputados integrantes de las Comisiones de Hacienda y Patrimonio Municipal y de Presupuesto y Crédito Público, dieron respuesta, reiterándoles lo que señala la ley, es decir que pueden gestionar recursos, siempre que sean para obra pública o que sean pagados, antes de que concluya su administración.
De no cumplir esos requisitos no pueden tener créditos de largo plazo, tampoco utilizar las aportaciones de los fondos federales o estatales para otros fines que4 no sean las obras públicas o la atención a la seguridad pública y de servicios para el bienestar delas poblaciones.
En el caso del ayuntamiento de Coxcatlán pretende un crédito no de una institución bancaria sino de una cooperativa, por lo que también se dio respuesta al oficio remitido por la cooperativa Acreimex:
El diputado Jorge Estefan Chidiac y los integrantes de los órganos colegiados aprobaron por unanimidad el proyecto de respuesta relacionado con el oficio presentado por los ayuntamientos en cuestión.
El gobierno de Teziutlán solicitó la aprobación para deuda pública a cargo del ayuntamiento, autorización de desincorporación de bien inmueble y la autorización presupuestal para el pago de deuda por diversos ejercicios fiscales.
En este sentido, las y los integrantes de las Comisiones Unidas notificaron que no se puede autorizar deuda pública a ningún ente público, que no sea para inversiones púbicas productivas.
En cuanto a la autorización de desincorporación de bien inmueble se aprobó contestar que los entes municipales manejan libremente su hacienda pública, siempre y cuando cumplan con el procedimiento administrativo.
En cuanto a la autorización presupuestal para el pago de deuda por diversos ejercicios fiscales, las y los diputados notificaron que tiene que cumplir con la Ley de Disciplina Financiera y con los requisitos de la Secretaría de Planeación y Finanzas, para solicitud una ampliación presupuestal.
En este sentido, se le informa que los entes públicos municipales solo podrán contraer obligaciones o financiamientos cuando se destinen a inversiones públicas productivas, a refinanciamiento y reestructura, por lo que la solicitud no cumple con los extremos legales establecidos por la normatividad, lo que hace necesario que el ente municipal integre el expediente correspondiente, previo a su presentación a esta soberanía, ante las instancias competentes.
En lo que respecta al oficio enviado por el director general de la cooperativa Acreimex, quien pregunta si podría otorgar financiamientos a los municipios que lo soliciten, se respondió que las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, como instituciones financieras, deberán considerar que la normatividad no les prohíbe el otorgamiento de créditos, de conformidad con la Ley, previa autorización de la Secretaría de Planeación y Finanzas.