sábado, septiembre 7, 2024
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Mónica Silva propone la Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas

El Congreso de Puebla ha recibido una propuesta presentada por la diputada local del Partido del Trabajo (PT), Mónica Silva Ruiz. La propuesta busca la creación de una Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas, con el objetivo de garantizar los derechos de los familiares de mujeres y hombres que se encuentran en calidad de desaparecidos.

Se dio a conocer que durante este período ordinario se presentará la legislación que ha sido elaborada en colaboración con el equipo jurídico de la presidenta de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, así como con miembros del colectivo Voz de los Desaparecidos y de la Universidad Iberoamericana.

Desde la tribuna del Poder Legislativo, se ha destacado que la ausencia de esta ley genera complicaciones legales para las víctimas indirectas de personas desaparecidas, quienes deben recurrir a un amparo para realizar trámites ante las autoridades.

La diputada del PT también ha señalado que el Congreso local tiene una responsabilidad pendiente con este sector de la población y ha resaltado que la propuesta proporcionará seguridad jurídica a los padres, hijos y familiares de personas desaparecidas.

En sus palabras: «Una ley que aborde esta gran deuda que tenemos con las personas desaparecidas y sus familiares. Gracias a diversas mesas de trabajo, hoy puedo presentar esta iniciativa en esta tribuna (…) No podemos seguir postergando la protección ante una violación de los derechos humanos».

En este contexto, Silva Ruiz ha instado a los diputados de la LXI Legislatura a ser sensibles y a pronto dictaminar la iniciativa para que Puebla cuente con una Ley de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas.

¿En qué consiste esta propuesta?

Según el documento disponible, la ley consta de 37 artículos distribuidos en cuatro capítulos: disposiciones generales, solicitud, procedimiento y efectos. Uno de sus objetivos principales es «garantizar la seguridad jurídica para la representación de los intereses y derechos de la persona desaparecida, sus familiares o las personas legitimadas por ley».

El procedimiento de Declaración Especial de Ausencia podrá solicitarse a partir de los 30 días naturales desde que se haya presentado la denuncia de desaparición o el proceso ante una instancia internacional.

Aquellos que tengan una queja abierta ante las autoridades competentes podrán optar por presentar la solicitud de Declaración Especial de Ausencia, además de solicitar que se tomen las medidas provisionales necesarias para proteger los derechos de los familiares de la persona desaparecida.

Los efectos de la declaración están diseñados para asegurar la patria potestad de la persona desaparecida y la protección de los derechos y bienes de los niños, niñas y adolescentes que sean hijos de esa persona.

También busca proteger el patrimonio y los bienes adquiridos a crédito, cuyos plazos de amortización estén vigentes para la persona desaparecida, permitiendo que los beneficiarios de un régimen de seguridad social derivado de la relación laboral de la persona desaparecida mantengan todos sus derechos y beneficios aplicables.

Los sujetos que pueden solicitar esta declaración incluyen a los familiares, las personas con una relación afectiva cercana o que sean representantes legales, así como las organizaciones de la sociedad civil que apoyen a los familiares de las personas desaparecidas.

La Fiscalía General del Estado, la Fiscalía Especializada, la Comisión Ejecutiva, la Comisión de Búsqueda y la Comisión Estatal tendrán la responsabilidad de informar a los familiares o a sus representantes legales sobre el procedimiento y los efectos de la declaración.

El tercer artículo transitorio de la propuesta establece que el Congreso del Estado deberá, en un plazo de 180 días, armonizar toda la legislación estatal necesaria para cumplir con esta ley.


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Foto: DW Akademie

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