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Inconstitucional el cobro de alumbrado público

Los ayuntamientos de Puebla no podrán cobrar el servicio de alumbrado público ni tener acuerdo con la Comisión Federal de Electricidad para cobrar el servicio de acuerdo al mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que desde el 2009 hizo saber que dicho cobro es inconstitucional.

Por eso, la presidenta de la Comisión Inspectora, presentó al pleno del Congreso hacer un exhorto respetuoso a los 217 municipios, a que retiren de sus respectivos proyectos de leyes de Ingresos para el ejercicio fiscal 2021, el cobro por el derecho de alumbrado público, conocido como DAP, en la inteligencia de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo ha declarado inconstitucional.

La Suprema Corte de Justicia a señalado como autoridades responsables, a los tesoreros de diversos Municipios de los Estados de Puebla y Oaxaca, que venían haciendo los cobros de alumbrado

Por el Estado de Puebla., estaban enumerados los municipios de : San Andrés y San Pedro Cholula; Tehuacán; Izúcar de Matamoros; Teziutlán; Atlixco; Chalchicomula de Sesma; Cuautlancingo; Tlahualpan; Xicotepec;Tepanco de López; San Nicolás de los Ranchos; Tepeaca; Cañada de Morelos;Palmar de Bravo; y Tecamachalco

El servicio de alumbrado lo deben prestar los gobiernos municipales, como es el caso de Puebla capital, que no estaba en la lista.

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