La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla) emitió la recomendación a la Fiscal General del Estado de Puebla (FGE) por la vulneración a los derechos humanos , a la integridad y seguridad personal por actos de tortura, y seguridad jurídica.
La recomendación se extiende al Secretario de Seguridad Pública del Estado de Puebla por la vulneración al derecho humano al trato digno.
Del análisis de las evidencias que integran el expediente 3793/2017, los abogados de la Comisión tuvieron elementos para acreditar que una persona que se encontraba en las instalaciones de la FGE a disposición del Agente del Ministerio Público, fue sujeto de malos tratos que le provocaron signos y secuelas psicológicas relacionados por las amenazas recibidas en contra de su hermano, la privación de la libertad y el estar separado de su familia; posteriormente le fue tomada una declaración ministerial con asistencia de una defensora pública de oficio aun cuando tenía nombrado a un defensor particular.
El agraviado permaneció privado de su libertad en el Centro de Reinserción Social de Puebla (CRSP), no ha recibido tratamiento psicológico conforme a los estándares contemplados por el Sistema de Ejecución Penal vigente;, por tal motivo, todas las personas, inclusive aquellas que se encuentran privadas de la libertad, tienen derecho a que se les garantice su integridad moral, física, sexual y psicológica.
Por estos hechos se procedió a recomendar lo siguiente: a la Fiscalía General del Estado de Puebla: se proporcione atención integral, que incluya la atención psicológica que le permita al agraviado superar las secuelas provocadas.
Se instruya a quien tiene a su cargo el trámite de la carpeta de investigación, considere los extremos a que se contrae dicha recomendación y se continúe su trámite conforme a derecho corresponda en contra de los Servidores Públicos adscritos a la FGE, que participaron en los hechos.
De forma adicional, se explica que los servidores públicos adscritos a la FGE requieren de la capacitación relativa al respeto y protección de los derechos humanos, establecidos tanto en la legislación local, nacional e internacional, principalmente los relacionados con la seguridad jurídica y a la integridad y seguridad personal, con el fin de evitar que actos como los señalados en el presente documento se repitan.
A la Secretaría de Seguridad Pública:
Se proporcione atención integral que incluya la atención psicológica, propia del programa de actividades a que se encuentra sujeto el agraviado, al estar privado de la libertad para lograr su eficaz Reinserción Social.
Se emita una circular a través de la cual reitere la instrucción a los servidores públicos adscritos al CRSP, para que sujeten su actuar a lo establecido por el Orden Jurídico Mexicano, asíì como a los tratados internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano y se abstengan de realizar actos que atenten contra del derecho humano al Trato Digno de las personas privadas de la libertad.












