El Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social declaró inhábiles los días entre el 17 de diciembre y el 6 de enero de 2021 respecto de la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos en el marco del ejercicio de funciones por parte de la Dirección de Incorporación y Recaudación (acuerdo ACDO.SA2.HCT.141220/333.P.DIR del 14/12/20).
Por lo tanto, durante dicho periodo, no correrá plazo ni término alguno por lo que a la Dirección de Incorporación y Recaudación compete. El Consejo Técnico procedió conforme al antecedente de marzo del año en curso (Acuerdo ACDO.AS2.HCT.300320/115.P.DIR del 30/03/20), según el cual -igualmente por lo que se refiere al ámbito competencial de la Dirección de Incorporación y Recaudación- se declararon inhábiles los días entre el 31 de marzo y el 14 de julio.
La nueva decisión del Consejo responde a la utilidad comprobada de la declaración de días inhábiles para mitigar el riesgo de infección por COVID-19 al reducir la afluencia en oficinas institucionales, así como desplazamientos personales.
De este modo, la decisión permite al IMSS continuar contribuyendo de manera activa y concreta a contener la enfermedad, proteger el derecho a la salud y a salvaguardar vidas.