Una gran ciudad, ruido excesivo, tráfico, música para atraer a los clientes en los comercios, industrias, construcciones, un sinnúmero de actividades que derivan en sonidos molestos, estruendosos, desagradables, y que pueden ser dañinos para la salud y derivar en enfermedades graves.
Así es: estoy hablando de la contaminación acústica o auditiva, a la que tal vez no se le da mucha importancia, pero que según algunos especialistas la exposición prolongada al ruido puede causar incluso la muerte, ya que la alteración del sistema nervioso provoca en las personas: dolores de cabeza, agitación respiratoria, aumento de la presión arterial, gastritis, colitis e incluso paros cardiácos. En los niños, puede causar deficiencias cognitivas.
Los niveles internacionales permitidos o que no afectan al ser humano es de 85 a 90 decibles; aquí habría un primer planteamiento, que tanto se está respetando la norma en nuestro país y en Puebla, porque basta con acudir a una zona netamente comercial y popular, como la Central Camionera, o la de Abastos y podremos percatarnos de la cantidad de ruido excesivo al que nos enfrentamos. Por estos motivos: deberíamos de poner mayor atención en este aspecto, debido a que las consecuencias son significativas.
El sitio web de España ecologistasenaccion.org nos alerta sobre este problema y refiere que la Organización Mundial de la Salud ha investigado las consecuencias de la intensidad y duración del sonido sobre el cuerpo humano y también en el aspecto psicológico.
La Organización Mundial de la Salud (OMS), en dos mil once, determinó que por su rango de impacto, la contaminación acústica es: “la segunda causa de enfermedad por motivos medioambientales, por detrás de la polución atmosférica, y no sólo es una molestia medioambiental, sino también una amenaza para la salud pública”.
En otras palabras, se puede decir que el ruido o generador de la contaminación acústica es el segundo factor más perjudicial para la salud de las personas después de la contaminación del aire o atmosférica; siendo el ruido, uno de los principales peligros ambientales para la salud física, mental y el bienestar de las personas.
Les comparto otro dato, experimentos de laboratorio con animales realizado por el doctor Alain Muzet del Centro de Estudios Bioclimáticos del CNRS en Francia, demostró que un ambiente con ruido superior a 110 decibeles y obviamente que la gente esté en constante exposición se demuestra que los procesos cancerosos aparecieron y se desarrollaron con mayor rapidez. (Por ejemplo un claxon de automóvil, un escape de moto, un concierto de rock).
REGLAMENTO PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN POR RUIDO
En Puebla existe un Reglamento de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable, en materia de Prevención y Control de la Contaminación Provocada por la Emisión de Ruido, publicado en febrero 2009, cuando era Secretario del Medio Ambiente, Francisco Castillo Montemayor, mismo que aplica la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como cada uno de los Ayuntamientos en la entidad poblana.
Entre otros aspectos refiere que: los responsables de industrias emisoras de ruido no podrán exceder los niveles máximos permitidos por las Normas Oficiales Mexicanas y las diversas normas aplicables en la materia.
El nivel de emisión de ruido máximo permitido generado por las industrias será: I.- De 68 decibeles, de las seis a las veintidós horas; y II.- De 65 decibeles, de las veintidós a las seis horas.
Los aparatos amplificadores de sonido y otros dispositivos similares, instalados en las industrias pero dirigidos a la vía pública, sólo podrán ser usados en caso de servicio de beneficio colectivo, no comercial y no deberán exceder los límites máximos permisibles del nivel sonoro establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes.
Está prohibida la circulación de vehículos automotores y/o con escape abierto en las zonas urbanas o áreas habitacionales, así como de los que produzcan ruido por el arrastre de piezas metálicas o por la carga de transporte.
También se prohíbe, la emisión de ruido que produzcan campanas, bocinas, timbres, silbatos o sirenas, instalados en cualquier vehículo automotor o motocicleta, salvo casos de emergencia, como bomberos y policía, así como de ambulancias médicas, que estén realizando su trabajo.
Medio ambiente en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, debe diseñar y promover programas educativos para prevenir, controlar y disminuir la contaminación ambiental originada por la emisión de ruido, además promoverá ante las instituciones de educación técnica, media superior y educación superior en el Estado, la realización de investigación científica y tecnológica para dichos fines.
Un último planteamiento: ¿qué sucede con los cohetones y cuetes que por toda la ciudad y el estado constantemente truenan con un alto nivel de contaminación auditiva? Me parece que esta es una tarea pendiente para las autoridades en la materia.
DENUNCIA POPULAR
El Reglamento también señala que “toda persona física o jurídica podrá denunciar ante la Secretaría u otras autoridades competentes todo acto u omisión que produzca o pueda producir desequilibrio ecológico o daños al ambiente, o contravenga las disposiciones de la Ley, el presente Reglamento las Normas Oficiales Mexicanas”.
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