Debido a que el maltrato a las mujeres embarazadas o en proceso de parto, sigue siendo una constante, diputados de tres partidos propusieron endurecer las penas al personal médico y de enfermería que incumpla, pero además se propone un organismo de vigilancia o recepción de quejas para que no queden en el vacío burocrático
Los diputados proponen una reforma a la Ley Estatal de Salud para agregar un artículo 56 Bis, por lo que la diputada Guadalupe Esquitín, reveló las prácticas recurrentes que enfrentan las mujeres y que pasan en servicios públicos y privados.
Lo frecuente son regaños sobre todo cuando las mujeres gritan o lloran por el dolor que enfrentan al acercarse el nacimiento, le imponen permanecer en posturas forzadas aunque enfrenten otras enfermedades de columna, las ignoran cuando preguntan por el bebé, a otras sin preguntar les realizan cesáreas para agilizar los partos, a otras más les niegan la anestesia o el bloqueo y otras les colocaron un método anticonceptivo sin preguntarles.
Por estas razones la propuesta es endurecer las penas por eso proponen modificaciones al artículo 310 para que el personal médico de enfermería que incumpla con las otras disposiciones de respeto, se sancionaría hasta con 521 mil 280 pesos.
Y si el impedimento a un parto natural y el uso de métodos anticonceptivos p de realizar una cesárea sin autorización de la paciente se castigarían hasta con 868 mil 800 pesos de multa.
Por eso la reforma propone que la atención del personal médico o administrativo hacia la paciente será de manera respetuosa, evitando estrictamente todo acto u omisión que dañe, lastime, denigre, o pretenda menoscabar la dignidad de la paciente.
Las técnicas para la realización del parto, la prescripción de medicamentos y la patologización de los procesos naturales, deberán ser justificadas por el médico obstétrico mediante escrito.
El parto natural predominará, sobre el parto vía cesárea, salvo que el primero pueda generar complicaciones que pongan en peligro la vida de la madre o del nonato y no esté en condiciones médicas para ejecutarse, en ese caso, el segundo deberá ser justificado mediante escrito.









