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Aprueba Congreso de Puebla prisión de hasta ocho años a conductores ebrios

Durante la sesión ordinaria de la LX legislatura los diputados aprobaron una reforma al Código Penal del Estado para incrementar la penalidad en contra de conductores que en estado de ebriedad cometan delitos de lesiones u homicidio, por lo que se aprobó sancionar entre 3 y 8 años de prisión.

La iniciativa ameritó la exposición de los diputados para ahondar en el tema, donde señaló que el incremento de la sanción no será suficiente para que se detengan los lamentables accidentes; sin embargo se hace necesario generar otras acciones y campañas para reducir la incidencia.

La iniciativa enviada por el Ejecutivo, señala que para agravar la penalidad de aquellos que en estado de ebriedad cometan homicidio será clasificado como delito culposo

La iniciativa también propone la suspensión o cancelación definitiva de la licencia para conducir expedida por cualquier instancia. La duración de la suspensión podrá ser de uno a diez años, en el caso que el conductor haya causado lesiones.

Los diputados propusieron impulsar una campaña para el conductor designado o servicios de taxis para llevar a domicilio a personas que en fiestas o en antros se hayan excedido de bebidas alcohólicas, para prevenir accidentes y tragedias.

No a la evasión de presos

Los diputados aprobaron también la iniciativa del Ejecutivo para reformar el Código Penal en su artículo 436 que penalizara la evasión de presos y sugiere sancionar a aquellas personas que favorecen a un imputado o sentenciado para que obtenga su libertad y en consecuencia se sustraiga de la acción de la justicia, ya sea para que no continúe con el proceso penal que se sigue en su contra, o bien con el cumplimiento de una pena impuesta mediante sentencia condenatoria.

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