La SCJN avaló restringir la venta y publicidad de comida chatarra en universidades para proteger el derecho a la salud y la alimentación adecuada.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló por unanimidad que las restricciones a la venta de comida chatarra también se apliquen en universidades e instituciones de educación superior, incluso cuando la mayoría de sus estudiantes sean mayores de edad.
El Pleno resolvió tres amparos promovidos por empresas contra los lineamientos establecidos por la Secretaría de Educación Pública (SEP) y la Secretaría de Salud, relacionados con la alimentación saludable dentro de los planteles educativos.
Uno de los argumentos rechazados fue que las y los universitarios, al ser adultos, tienen la capacidad de decidir qué alimentos consumir.
Ante ello, la Corte determinó que la protección del derecho a la salud y a una alimentación adecuada no depende de la edad de las personas.
La disposición restringe la venta, distribución y publicidad de alimentos y bebidas con sellos de advertencia por exceso de azúcares, sodio, calorías o grasas dentro de las instituciones educativas. Sin embargo, no impide que el alumnado compre estos productos fuera de los planteles o los introduzca para consumo personal.
Asimismo, la SCJN aclaró que estas medidas no vulneran la autonomía universitaria, debido a que regulan la oferta comercial de alimentos y bebidas dentro de los espacios educativos.
La resolución coloca nuevamente en el centro del debate la responsabilidad de las instituciones educativas en la promoción de hábitos saludables.
Aunque las y los estudiantes universitarios tienen capacidad para tomar decisiones sobre su alimentación, la regulación busca que los espacios de formación académica también favorezcan entornos que protejan la salud.
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