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Aprueba Congreso de Puebla reformas a la Constitución del Estado en materia municipal, judicial, electoral y de la administracion pública

En sesión pública ordinaria, el Congreso del Estado avaló el dictamen para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, así como diversas disposiciones transitorias de la Declaratoria del Honorable Congreso del Estado por la que se declaró aprobado el Decreto mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, publicada en el Periódico Oficial del Estado el 15 de marzo de 2025.

El propósito es establecer cambios en la integración de los ayuntamientos, los límites a pensiones y jubilaciones, el fortalecimiento de los principios que rigen a la administración pública estatal, ajustes al modelo de elección de personas juzgadoras, así como disposiciones en materia de intervención e injerencia extranjera en los procesos electorales.

Durante la discusión del dictamen, el diputado Julio Miguel Huerta Gómez y las diputadas Norma Estela Pimentel Méndez, Leonela Jazmín Martínez Ayala, María Soledad Amieva Zamora, Modesta Delgado Juárez, Xel Arianna Hernández García, Beatriz Manrique Guevara y Azucena Rosas Tapia se pronunciaron a favor del dictamen, al considerar que perfecciona el régimen parlamentario de los ayuntamientos, brinda certeza en la elección del Poder Judicial y fortalece el sistema democrático. También señalaron que fortalece los derechos humanos de las mujeres y de la niñez, el cuidado del medio ambiente y garantiza instituciones modernas y sólidas.

En contra del dictamen se pronunciaron las diputadas Fedrha Isabel Suriano Corrales, Susana del Carmen Riestra Piña y Delfina Pozos Vergara, por no estar de acuerdo con la técnica legislativa utilizada en la integración del dictamen.

Por otra parte, el Pleno del Congreso del Estado aprobó el acuerdo por el que se modifican los lineamientos para que asista el titular de la Coordinación de Gabinete del Gobierno del Estado a esta Soberanía, a fin de informar el estado que guarda la implementación del Sistema de Transporte por Cable. El funcionario contará con hasta 40 minutos para exponer el tema, en el marco de la sesión pública ordinaria del 15 de julio de 2026, a las 12:00 horas.

Asimismo, se aprobó el dictamen por el que se declara: «2026, Año de Gilberto Bosques Saldívar. La humanidad al servicio de la justicia y la libertad».

Como parte del orden del día, las y los diputados de la LXII Legislatura avalaron el dictamen por el que se reforman los artículos 1, 3, el tercer párrafo del artículo 10 y el artículo 11 de la Ley de Estímulos Cívicos, con la finalidad de realizar modificaciones en materia de lenguaje incluyente para contribuir a la eliminación de barreras estructurales y sociales, evitar la discriminación por género y armonizar el texto con los estándares nacionales e internacionales.

También se aprobó el dictamen para reformar y adicionar la Ley de la Juventud para el Estado de Puebla, con la finalidad de establecer, entre los objetivos de la política estatal, la observancia de los criterios de integridad y transversalidad en la ejecución de programas y acciones orientados a atender las necesidades básicas de las juventudes y promover su desarrollo personal y social.

Para este fin, se reforman las fracciones II y III del artículo 54 y se adiciona la fracción IV al mismo artículo de la Ley de la Juventud para el Estado de Puebla.

Durante la sesión pública ordinaria también se avaló el dictamen presentado por la Comisión de Juventud y Deporte para reformar los artículos 3 y 30 Ter de la Ley Estatal del Deporte, con la finalidad de establecer las bases y el funcionamiento del Sistema Estatal del Deporte bajo principios como el acceso universal y la máxima participación; la equidad y la igualdad sustantiva; el respeto a la dignidad humana y la no discriminación; la inclusión y la coordinación; el juego limpio y la ética deportiva; la perspectiva de género; la transversalidad; el interés superior de la niñez; el fomento de la cultura física y el deporte; la descentralización del desarrollo deportivo integral, así como la transparencia y la rendición de cuentas.

Asimismo, se establece que las autoridades y las personas que participen en actividades deportivas dirigidas a personas con discapacidad promoverán, respetarán, protegerán y garantizarán sus derechos humanos.

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