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Comisión de Salud del Congreso de Puebla avala reformas en materia de donación de órganos, salud mental y atención comunitaria

La Comisión de Salud del Congreso del Estado, que preside la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, aprobó el proyecto de dictamen para adicionar el artículo 102 Bis a la Ley Estatal de Salud, con la finalidad de establecer que el Ministerio Público y la autoridad judicial podrán intervenir cuando la pérdida de la vida del donante esté relacionada con la averiguación de un delito, se desconozca su identidad o la forma de localizar a sus parientes.

El dictamen, formulado con la propuesta legislativa del diputado José Luis Figueroa Cortés, señala que se debe garantizar que la intervención sea sensible, oportuna, inmediata y expedita, para evitar el deterioro de los órganos y asegurar la viabilidad de los trasplantes.

En las consideraciones, se indica que la donación y el trasplante de órganos constituyen uno de los mayores avances de la medicina moderna y representan una oportunidad de vida para miles de personas que padecen enfermedades crónicas o terminales.

Aprueba reformas a la Ley de Salud Mental y Adicciones

Asimismo, las y los integrantes del órgano colegiado avalaron el proyecto de dictamen para reformar la fracción XVII del artículo 13 de la Ley de Salud Mental y Adicciones para el Estado de Puebla, con el objetivo de establecer como una acción del Consejo Estatal contra las Adicciones el desarrollo de actividades educativas, socioculturales y deportivas que contribuyan a la salud mental y a la prevención de adicciones, preferentemente para grupos en situación de vulnerabilidad.

Cabe señalar que el proyecto de dictamen fue realizado con la iniciativa de la diputada Ana Lilia Tepole Armenta.

Avalan reformas a la Ley de Salud en materia de Medicina Psiquiátrica

De igual manera, se aprobó el proyecto de dictamen para reformar la Ley Estatal de Salud y la Ley de Salud Mental y Adicciones para el Estado de Puebla, con la finalidad de establecer a la medicina psiquiátrica como una de las actividades del sector salud, en la que, para su ejercicio, se requerirá título profesional, certificado de especialización o de profesional técnico que haya sido legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.

Asimismo, se establece que, para la utilización de cadáveres, tratándose de personas desconocidas o no identificadas, se estará a lo dispuesto por la Ley General en materia de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

Por cuanto hace a la Ley de Salud Mental y Adicciones para el Estado de Puebla, se establece que la persona profesional de salud mental y adicciones tendrá la obligación de poner a la vista de la persona usuaria la información que corrobore que es especialista en la materia.

En este sentido, la diputada Azucena Rosas Tapia señaló que, con este proyecto de dictamen, elaborado con tres de sus iniciativas presentadas, se protege la salud y la dignidad de las y los poblanos, al construir instituciones más sensibles, humanas y cercanas a la gente.

Para este fin, se reforma el primer párrafo del artículo 72 y el tercer párrafo del artículo 121 de la Ley Estatal de Salud; se reforma la fracción I del artículo 2, la fracción I del artículo 7 y las fracciones I, II y V del artículo 10; y se adiciona un segundo párrafo al artículo 14 de la Ley de Salud Mental y Adicciones para el Estado de Puebla.

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